Tienes dos opciones:
- Espere hasta que lo obtenga, extendiendo su propio rendimiento si es necesario.
- Presente su declaración sin ella, luego modifique su declaración después de recibirla.
Lamentablemente, esta situación no es infrecuente. Como señala el usuario de Quora, la LLC no está obligada a presentar su declaración hasta la fecha límite de presentación de su tipo de entidad (más tarde si la LLC se extiende) y el K-1 se genera como parte del proceso de creación y presentación de la declaración, por lo que hay es muy probable que no lo vea hasta cerca de su fecha límite de presentación.
Generalmente recomiendo la opción 1, especialmente si cree que recibirá un reembolso de todos modos. Si tiene algún historial para continuar con la LLC, debería poder estimar su probable responsabilidad tributaria incluso sin el K-1, y siempre que pague eso en su propio plazo de presentación, debe estar bien incluso si tiene que hacerlo. ampliar.
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